homenaje A OSCAR CORREAS

Nuestro más sentido pésame a Marisela Acosta y familia

«Si se preguntara cuál es el leit motiv de estos escritos, sin vacilar diría que el intento de responder a la pregunta: ¿por qué el derecho ⸺moderno⸺ dice eso que dice y no otra cosa? ¿Hay explicaciones para ello? Y, la respuesta, fue buscada en la vieja idea, que en algún tiempo pareció marxista, pero ahora me parece patrimonio de caso todos, según la cual, la anatomía del derecho debe buscarse en las relaciones sociales, so pena de que estas últimas no se reproduzcan. Es decir, so pena de transformarse en otra sociedad.

La idea no es muy brillante, si de novedades se trata. Es más bien, una perogrullada. Eso lo sabe casi todo el mundo. Y el «casi» es responsabilidad de algunos juristas: es en algunas facultades de derecho adonde esta perogrullada no es, ni bien conocida, ni estudiada.

Para muchos profesores de las ramas dogmáticas del derecho, las normas que produce el poder corresponden con lo que piensan como funciones del estado. Y como aún siguen creyendo que el estado tiene como objeto el bien común suelen decir que el derecho busca la justicia. Y eso dicen en clase. Esto suele decirse, con apariencia de afirmación sociológica, con la idea según la cual el derecho es el producto de la sociedad. Y con eso se difunde la especie de que el moderno es un derecho «ajustado» a las «necesidades sociales». Lo que queda oculto, es que se trata del derecho, apropiado, sí, pero para unas relaciones injustas.

Otra manera como se presenta a las causas de que el derecho diga eso que eso que dice y no otra cosa, es, también apologética de estado, pero más ligada a los mitos fundantes de la nación. Nuestro derecho es el producto del triunfo de las fuerzas progresistas contra las regresivas y oscurantistas. Esto siempre dice relación con las luchas de nuestros padres de la patria, de tal manera que la crítica del derecho injusto resulta una traición al país. De tal modo, que cualquier intento de cambio puede ser una puñalada a la constitución. Lo cual, por cierto, no impide las reformas legislativas, que dependen de la correlación de fuerzas entre sectores sociales. ¨Pero sí son un buen dique contra las ideas disolventes que pretenden cambiar los «fundamentos» del derecho. Y cuando se pregunta cuáles son estos «fundamentos», resulta que son los motivos fundamentales de la dogmática jurídica, como la autonomía de la voluntad, por ejemplo. Estos motivos fundamentales, suelen ser ideologías que no resisten el menor análisis. De esto tratan los trabajos aquí presentados.

De la crítica de las ideologías con que se reproduce la ideología del derecho. De cómo esas ideologías reduplican una ideología que ya está en el discurso del derecho. De cómo esas ideologías , que presentan mentirosamente el mundo social, no impiden que el derecho sea eficaz; esto es, que sirva para la reproducción de las relaciones sociales que no aparecen en el discurso del derecho, y tampoco en los discursos con los cuales los juristas hablan de él. Para mostrar esto último, es que alguno de los trabajos presenta, y usa, una distinción, urdida exprofeso, entre sentido deóntico y sentido ideológico del derecho. La idea es que el primero sí corresponde con las relaciones sociales, pero el segundo no.

¿Por qué el derecho dice eso que dice, y no otra cosa? Porque su sentido deóntico debe servir para la reproducción de las relaciones sociales, mientras que el sentido ideológico debe servir para generar la ideología que oculta esas relaciones sociales; que las debe ocultar porque son obviamente injustas. Esto supone afirmar que las normas jurídicas ponen como obligatorias las conductas que constituyen esas relaciones, o que las promueve, y, como prohibidas, las que atentan contra ellas. Mientras que el sentido ideológico promueve un imaginario social desorientador, o, mejor, orientador hacia sendas perdidas.

Mi experiencia es que los juristas se ponen, lo menos, nerviosos con esta cuestión. Mi experiencia incluye, desde la diatriba personal, la calumnia o el ninguneo, hasta la puerta de salida de institutos y facultades de derecho. Por mi parte, además del daño que me ocasionan estas reacciones autoritarias, no dejan de divertirme. No he tenido la suerte de que quienes me han expulsado de lugares universitarios, hayan producido ni una sola frase que se refiera a mi obra. Pero algo debe molestarles, porque han usado otras vías para suprimir mi presencia y mis libros.

No quiere esto decir, por otra parte, que no haya juristas que sí han bien recibido estas ideas. Algunos de mis libros se han agotado, en más de una edición, y dos de ellos, y algunos artículos, han sido traducidos a otros idiomas. Mi agradecimiento a ellos, que me ayudan a decirles, a los otros, que la falta de nivel universitario con que me han tratado, no impide que me aproveche del éxito de algunas obras».

Oscar Correas

in memoriam

(Correas, Oscar, Sociología del derecho y Crítica Jurídica, México, Fontamara, 2002. pp.14-15)

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